Protección de los servicios médicos bajo el Derecho Internacional Humanitario: un resumen

 
El deber de tratar a los heridos y enfermos, así como la protección del personal médico y las instalaciones, ha estado en el centro del Derecho Internacional Humanitario (DIH) desde su creación en 1864. Esto se consagró aún más en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y en los Dos Protocolos Adicionales de 1977. La protección de los servicios médicos en zonas de guerra también es parte de las Reglas Internacionales Humanitarias Consuetudinarias y se refleja en el derecho interno y los códigos militares de todos los países en el mundo.
 
La siguiente es una breve introducción a los principios fundamentales que rigen la protección de los servicios médicos en virtud del Derecho Internacional Humanitario.
 

Violación grave del Derecho Internacional Humanitario

Un ataque dirigido a un centro médico es una violación del Derecho Internacional Humanitario y puede constituir un crimen de guerra si es:
 
A) Intencionado
B) Debido a negligencia derivada de una falta de verificación adecuada del carácter militar o civil del objetivo
C) Una respuesta desproporcionada a la amenaza militar identificada
D) Llevada a cabo sin previo aviso de un ataque inminente
 

Protección de los heridos y enfermos

Los Convenios de Ginebra estipulan el imperativo de proteger a los heridos y enfermos, sin discriminación y en el respeto de las reglas de la ética médica.
 
Bajo el Derecho Internacional Humanitario, tan pronto como una persona se encuentra herida, queda protegida, no importa la forma en que fue herida, ni si ha participado en las hostilidades en cualquiera de los bandos. Un combatiente que está herido y cesa la lucha ya no puede ser considerado un combatiente. El herido debe ser recogido y se le debe proporcionar atención médica en el plazo mínimo posible.
 

La obligación de brindar atención médica

Bajo el Derecho Internacional Humanitario, el personal médico está obligado a tratar a todos los pacientes sin discriminación. Los pacientes no se registran en función de su origen étnico, político, religioso, o en su participación previa en las hostilidades. La prioridad con la que son atendidos debe basarse sólo en sus necesidades médicas y en la urgencia con que necesitan ser atendidos. Demorar la atención o prestar atención de manera discriminatoria está estrictamente prohibido, es una violación de la ética médica, así como de los Convenios de Ginebra, y puede constituir un crimen de guerra.
 

Protección del personal sanitario y de la ética médica

El personal médico está protegido por el DIH para garantizar que son capaces de rechazar la interferencia militar y actuar con independencia y autonomía de acuerdo sólo con la ética médica. En otras palabras, el personal médico debe estar libre para tratar a los pacientes sólo sobre la base de la necesidad médica y no puede ser obligado a dar prioridad al tratamiento de un paciente de un lado o del otro. El personal médico no pueden violar la confidencialidad médico-paciente y no puede ser castigado por la realización de actividades médicas, independientemente del perfil del paciente.
 
El personal médico debe defender el carácter ético, neutral e imparcial de las estructuras, unidades y actividades médicas. Ellos son responsables de mantener la naturaleza médica y neutral de las instalaciones. En todas las instalaciones de MSF, se implementa una estricta política libre de armas. Todas las armas se recogen en la entrada y se almacenan hasta que se da el alta a los pacientes.
 

Protección de instalaciones médicas y precauciones ante cualquier ataque

Las instalaciones y medios de transporte médicos deben ser respetados y protegidos en todo momento y no pueden ser atacados. Gozan de protección especial como centros médicos, al tiempo que mantienen las protecciones generales aplicadas a la población civil y a las estructuras civiles. Es obligatorio para todas las partes en conflicto el tomar todas las precauciones para asegurar que el personal médico y las instalaciones no sean atacadas.
 
Distinción: A las partes en conflicto sólo se les permite atacar objetivos militares identificados y legítimos. Antes de atacar, todas las partes en conflicto deben hacer todo lo posible para determinar la naturaleza civil o militar de blanco propuesto. Si hay alguna duda, las fuerzas armadas deben presumir que se trata de un blanco civil y abstenerse de atacar.
 
Está prohibido atacar un edificio sin saber lo que es. Atacar una estructura sin saber de qué se trata, constituye una violación del Derecho Internacional Humanitario.
 

Cuándo un hospital pierde su protección

Un hospital sólo puede perder su estatus de protección si se utiliza fuera de su propósito médico para cometer actos perjudiciales contra el enemigo. Es decir, como una posición de combate activo. El tratamiento de los combatientes heridos no corresponde con esta norma (y, como se ha señalado, el hecho de no tratar a los combatientes heridos sería una violación del DIH), ni tampoco los casos en los que personas desarmadas busquen refugio dentro de un hospital. Lo que es más, la protección cesa solamente después de que ha sido dada la debida advertencia para evacuar a los civiles y se ha hecho caso omiso a esta advertencia .
 
La prueba de proporcionalidad: Si un hospital pierde su estatus de protección, las fuerzas armadas sólo pueden atacar después de emitir el aviso, y sólo en proporción a la amenaza. Por ejemplo, si un hombre armado está disparando desde un hospital, la otra parte en conflicto pudiera responder, pero solamente contra el hombre, no mediante la destrucción de todo el hospital. Cualquier ventaja militar directa esperada y ganada por un ataque de ese tipo debe ser sopesada contra la potencial pérdida de las vidas de civiles. Los medios y métodos del ataque deben haber sido elegidos para evitar o minimizar la muerte de civiles.
 
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